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Nota sobre el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos de Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía

Nota Sobre El Real Decreto-ley 8/2023, De 27 De Diciembre, Por El Que Se Adoptan Medidas Para Afrontar Las Consecuencias Económicas Y Sociales Derivadas De Los Conflictos De Ucrania Y Oriente Próximo, Así Como Para Paliar Los Efectos De La Sequía

La crisis provocada por la pandemia de Covid-19 marcó el inicio de un período en el que el Gobierno ha venido impulsando diversas medidas que buscan paliar los efectos económicos y sociales adversos consecuencia de dicha situación. A lo largo de los últimos años estas medidas se han venido ampliando tanto cuantitativa como temporalmente, lo que tiene su justificación en el surgimiento de diferentes conflictos internacionales (Guerra de Ucrania y Guerra en Oriente Próximo), que han afectado seriamente a la estabilidad económica de los países y, sobre todo, han tenido incidencia directa en el precio de los suministros.

Dado que se prevé la continuación de dichas circunstancias a lo largo de 2024, el Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo Real Decreto-Ley (RD-L 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía), mediante el que se adoptan nuevas medidas y se prorrogan otras que venían estando en vigor.

La norma, que va precedida de una exposición de motivos que supera el medio centenar de páginas, introduce una gran variedad de medidas que afectan a diversas materias, de las que son destacables las siguientes:

-. Medidas relativas a la seguridad en los servicios y sistemas de pago.

  1. Se introduce la prohibición de establecer comisiones para la prestación del servicio de retirada de efectivo en ventanilla, siempre que se trate de clientes que sean mayores de 65 años o con discapacidad igual o superior al 33%.
  2. Se refuerzan las medidas para aumentar la seguridad y confianza en los sistemas de pago, minimizando las incidencias tecnológicas. Esto incluye la identificación de fuentes de riesgo en tecnologías de la información y comunicación (TIC), la detección rápida de actividades anómalas, y la implementación de políticas y procedimientos de respaldo, recuperación y comunicación de crisis.

-. Creación del Fondo de Coinversión (F.C.P.J.).

El Fondo, dotado con 2.000 millones de euros, tendrá por objeto promover la atracción de inversión extranjera para impulsar inversiones en territorio español. El fondo colaborará con diferentes tipologías de inversores (fondos, instituciones privadas, empresas de capital extranjero, etc.). La gestión de dicho Fondo queda encomendada a COFIDES, S.A., empresa pública dependiente del Ministerio de Economía.

-. Medidas relativas a la energía, impulso de las renovables y reducción de la sequía.

  1. Se prorrogan durante seis meses las siguientes medidas:a/ La exención de los peajes eléctricos a la industria electrointensiva.
    b/ La flexibilidad para la modificación de potencia eléctrica y suministro de gas.
    c/ La protección de los consumidores vulnerables, prohibiendo el corte de suministros.
    d/ Los descuentos reforzados del bono social.
    e/ Las tarifas reguladas de gas (TUR).
  2. Se aprueba la extensión durante ocho años del plazo para la tramitación de los nuevos proyectos de renovables.
  3. El valor añadido social y ambiental de la industria europea serán tenidos en cuenta a la hora de realizar las subastas de energías renovables.
  4. Se fomenta el autoconsumo de energía.
  5. Se fomenta la cogeneración, estableciéndose una retribución de 685 millones para la cogeneración y de 3,23 millones para la biomasa en el primer semestre del año.
  6. Se fomenta el almacenamiento hidroeléctrico de energía, dándole mayor importancia.

Además de lo anterior, el RD-L 8/2023 introduce medidas para paliar las sequías, a la vista de los problemas existentes en los acuíferos y manantiales a lo largo del año 2023. Dichas medidas se centran en el ámbito tributario y administrativo, fomentando el ahorro de agua. De ellas destacamos las siguientes:

  1. Exenciones sobre el canon de regulación y la tarifa de utilización del agua para las explotaciones agrarias que se beneficien de las obras hidráulicas y tengan un descenso en la bajada de consumo de agua.
  2. Se otorgan competencias a las confederaciones hidrográficas para imponer las reducciones de suministros de agua, modificar los criterios de prioridad en las asignaciones o suspender cautelarmente el otorgamiento de títulos.
  3. Se refuerza el régimen sancionador para las infracciones relacionadas con las medidas expuestas.

Por otra parte, a fin de fomentar el ahorro energético, la norma mantiene las deducciones en el IRPF para la realización de obras de rehabilitación energética de viviendas o edificios.

-. Impuesto a las energéticas, entidades de crédito y grandes fortunas.

Se prevé la prórroga durante todo el año 2024 del impuesto a las energéticas y a entidades de crédito, abriendo la puerta además a su consolidación en el sistema tributario, en coordinación con las comunidades autónomas. También se prorroga el impuesto a las grandes fortunas.

-. Medidas en materia de transportes.

  1. Se prorroga durante 12 meses la subvención del 30% a aquellas comunidades autónomas y entidades locales que se comprometan a complementar e implantar dicho descuento hasta llegar a la mitad del precio de los transportes terrestres de su competencia para los viajeros habituales.
  2. Se prorroga la gratuidad de los transportes terrestres colectivos en Canarias y Baleares.
  3. Se prorroga un año la gratuidad y descuentos en los servicios de RENFE y líneas de autobús de titularidad estatal.
  4. Se aplican descuentos del 50% en los descuentos de Avant.

-. Revalorización de pensiones y prestaciones.

  1. La pensión del sistema de Seguridad Social y Clases Pasivas del Estado se incrementa en un 3’8%.
  2. Las pensiones mínimas, las no contributivas y el Ingreso Mínimo Vital se incrementa un 6’9%.
  3. La pensión mínima de viudedad con cargas familiares se incrementa un 14’1%.
  4. Las pensiones no contributivas de vejez e invalidez suben un 6’9%.
  5. La pensión mínima para los hogares unipersonales asciende a 11.552’8 € anuales y a 14.466’2 € en los casos con cónyuge a cargo.

-. Medidas en materia de investigación.

Los universitarios que hayan participado en programas de investigación podrán ampliar durante 5 años el cómputo como cotizado de los períodos de formación.

-. Medidas para paliar los efectos del volcán de la Palma.

Se introduces medidas en materia de pagos de la cuota de Seguridad Social, se prorroga la prestación por cese de actividad y se mantiene la exención del 100% en la cotización aplicable a los ERTE por fuerza mayor.

-. Medidas fiscales en las facturas de luz y gas.

  1. El IVA de la electricidad se mantiene en el reducido del 10% durante todo 2024 y a la factura de gas le será aplicable el mismo tipo impositivo, pero sólo hasta el 31 de marzo. También se aplicará dicho tipo impositivo al consumo de pellets, briquetas y leña, hasta el 30 de junio.
  2. El Impuesto Especial sobre la Electricidad será, durante el primer trimestre del 2’5% y durante el segundo trimestre del 3’8%.
  3. Se recuperará paulatinamente el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía.
  4. Se mantiene el precio máximo del butano en los 19’55 € por bombona.

-. Medidas relativas al IVA de los alimentos.

Hasta el 30 de junio de 2024 será aplicable el tipo impositivo reducido del 5% para las patatas, aceites de oliva y semillas; y el tipo impositivo del 0% para los alimentos de primera necesidad (pan, harinas, leche, queso, etc.).

-. Medidas relativas a la suspensión de los desahucios y lanzamientos.

Se prorroga nuevamente, ahora hasta el día 31 de diciembre de 2024, la suspensión de los procedimientos de desahucio y lanzamientos de hogares con vulnerabilidad económica. Los arrendadores y propietarios podrán solicitar la compensación prevista en el apartado 1 de la Disposición adicional segunda del Real Decreto-Ley 37/2020, de 22 de diciembre, hasta el día 31 de enero de 2025.

-. Medidas correspondientes a la Ley de Vivienda.

El incremento del máximo anual de los alquileres pasa del 2% (máximo vigente en 2023) al 3% para 2024. Además, se fomenta la construcción de vivienda a precio asequible mediante la creación de una línea de avales para la cobertura por cuenta del Estado de la financiación, a fin de que sean beneficiarios tanto los promotores públicos como los privados.

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