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El Código LEI: ¿cómo deben las empresas solicitarlo a partir de 2018?

El Código LEI: ¿cómo Deben Las Empresas Solicitarlo A Partir De 2018?

De acuerdo con la Normativa MiFID II, nuevo marco normativo sobre mercados e instrumentos financieros, todas las personas jurídicas que quieran realizar operaciones de compra o venta de valores negociables, derivados o repos tendrán la obligación de obtener un Código LEI (Legal Entity Identifier), a partir del 3 de enero de 2018.

Este Código será empleado para identificar a las partes contratantes en las transacciones financieras en todo el mundo y hacer más fácil para los reguladores conocer los posibles riesgos sistémicos en las primeras fases. El objetivo final es mejorar la gestión de los riesgos financieros.

Por tanto, dicho Código LEI será necesario si la persona jurídica va a realizar operaciones de compra o venta de valores negociables, derivados o repos.

Este Código habrá de ser solicitado en el Registro Mercantil, por un representante legal de la sociedad con facultades para ello, bien de forma presencial o bien telemáticamente. Por tanto, los pasos a seguir para su solicitud serán los siguientes:

  1. Cumplimentar la solicitud.
  2. Presentar un poder o certificado digital para acreditar que se actúa en representación de la persona jurídica.

Una vez que se le haya asignado dicho Código, tendrá que comunicárselo a las entidades bancarias con las que colabore, junto con la caducidad del mismo, para su constancia.

El coste de emisión inicial de dicho Código es de 100 euros más IVA, mientras que la renovación anual del Código tendrá un coste de 50 euros más IVA.

En cuanto a la renovación referida, hay que tener en cuenta que será obligación de la entidad solicitar la renovación del código LEI antes de su fecha de próxima renovación y mantener actualizados los datos asociados. El estado del LEI cambiará a CADUCADO si la entidad no procede a su renovación antes de la fecha establecida como de próxima renovación.

Javier Mediavilla
Abogado en DJV Abogados

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