Opciones del propietario si su vivienda esta ocupada ilegalmente
Puede suceder con la llegada de puentes, Semana Santa y vacaciones, que al llegar a su vivienda vacacional se la encuentran ocupad, siendoles imposible disfrutar de esta durante sus días de descanso.
Si se encuentra en esta situación, un claro delito de usurpación del inmueble ( art 245 Código Penal), como propietario tiene 2 posibilidades:
1.- Elegir la vía penal para conseguir que abandonen suvivienda: Esta opción se inicia mediante denuncia y tiene como inconveniente la lentitud de todo el procedimiento que puede llegar a dilatarse hasta 2 años. Además, la consideramos más arriesgada, ya que las circunstancias a valorar dependerán en mayor medida del juez. Finalmente, esta medida, no suele generar presión alguna frente a los ocupantes.
2.- Elegir la vía civil de desahucio con el fin de recuperar la vivienda. En DJV abogados solemos recomendar esta opción a nuestros clientes ya que es un procedimiento mucho más breve, llegando a durar un máximo de 6 meses.
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